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viernes, 5 de agosto de 2011

DDEE - Proyecto presentado en el HCD



Este es el proyecto de Derechos Estudiantiles que presentamos en el Honorable Consejo Directivo el día 7 de junio de 2011.

Incorporar como DERECHOS GENERALES al estudiante de la FAUD:


1°: Ser reconocido/a como estudiante al momento de inscribirse en la F.A.U.D.I
2°: Acceder a toda la información relacionada a sus derechos, servicios y decisiones  académicas que los atraviesan en su proceso de formación integral como estudiante de la institución y de esta Universidad por todos los medios de comunicación de los que se disponga (página web, paneles, gacetillas y otros medios de circulación masivos y gratuitos), a la misma se accederá a partir del momento en que el estudiante se matricula.

Incorporar como DERECHOS ACADÉMICOS: Con el fin de acceder a una educación de excelencia y asegurar las condiciones necesarias para garantizarla, todo/a estudiante tiene derecho a:

3°: Equidad en el acceso al conocimiento, instancias de cursado y de evaluación, sin discriminación alguna.
4º: Acceder a recursos materiales de estudio, biblioteca y base de datos virtuales que le permita la formación integral y acceso al conocimiento, mediante el uso de textos científicos y académicos de actualidad y vigencia local o internacional, complementando las nuevas estrategias pedagógicas y las mejoras en equipamiento tecnológico.
4. A. Acceder a programas y materiales de cada cátedra, de los planes de estudios vigentes, permitiendo el libre acceso a alumnos de cualquier nivel,
(sin necesidad de estar inscripto en la materia); accediendo así  a la información de modo ordenada, sistematizada y por vía institucional.
4 B . Generar y participar de espacios institucionales que permitan la revisión permanente de la implementación de la currícula, la discusión del perfil profesional, las prácticas de formación y las problemáticas sociales, técnicas que nos interpelan como profesión.

5º: Avanzar en acceder  en los servicios de gabinete de informática y la biblioteca de la unidad académica todos los días hábiles de la semana y en horarios corrido de 9hs a 21hs

6º: Propender a fortalecer el personal y recursos necesarios para las áreas de despacho alumno  y garantizar articulación en los horarios de atención del Despacho de Alumnos, el Área Económica y la Secretaria de Asuntos Estudiantiles.

Incorporar  dentro del régimen de enseñanza vigente:

Art 7º Garantice la libre elección de la cátedra en que cursar sus materias y/u horarios de cursado, cuando existan cátedras de doble dictado. Establecer en cátedras únicas mayor flexibilidad en los horarios de cursado.

Art 8º Garantice los días y horarios de cursado de todas las materias y las cátedras existentes como lo informado en el momento de inscripción anual y cuatrimestral, salvo excepciones informadas  consentidas por Secretaria Académica y /o  Consejo  Consultivo.

Art 9º Asegure que los estudiantes accedan al inicio de clase de cada materia y por diferentes medios de comunicación con los que cuenta la universidad (entre ellos el sistema Guaraní) a los programas, los objetivos, las modalidades y  dispositivos que se utilizarán en el proceso de enseñanza-aprendizaje, al igual que la información sobre el equipo de cátedra, las obligaciones y deberes del docente, los derechos estudiantiles y los criterios de evaluación antes de los exámenes.

Art10º Garantizar, a comienzo de año,  en las instancias evaluativas:

A. El establecimiento de un cronograma de exámenes sin superposición de los mismos de cada año.
B. el acceso revisión de las actuaciones en los  exámenes escritos corregidos parciales y finales (en caso de estos por el tribunal).Obtener una copia de los mismos, sin importar el soporte en el que hayan sido realizados, y dentro de la época de examen correspondiente.
C. Que las actas de exámenes constituyan un documento de notificación de la calificación obtenida. No siendo utilizada como lista de asistencia, sino que se contará con ambas planillas en los exámenes.
D. La posibilidad de solicitar en el turno de examen  mesa especial y/o un veedor estudiantil con voz en los tribunales cuando existan situaciones de conflictos y/o de arbitrariedad justificadas por los estudiantes.

Art 11ª: Acceder a licencias estudiantiles según lo establecido por las reglamentaciones vigentes.

Art 12°: Acceder a cargos de Ayudante Alumnos según lo establecido en la resolución. Estos cargos constituyen antecedentes docentes. Las Unidades Académicas deberán propender a la generación de mas cargos de Ayudante Alumnos remunerados, teniendo en cuenta que en relación a la cantidad de alumnos éste número es ínfimo para nuestra casa de estudios.

Art 13°: Participar de forma activa en los proceso de selección y evaluación de sus docentes, según lo establecido por los estatutos sobre carrera docente, concursos de la UNCba y reglamentaciones vigentes de selección interna de la F.A.U.D

Art 14: Tómese conocimiento, comuníquese y dese amplia difusión a toda la comunidad de esta unidad académica.
Art 15: De forma.